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Calculadora de PTU (Reparto de Utilidades)

Tu parte del 10%, repartida como de verdad lo reparte la ley — mitad por días trabajados y mitad por salarios devengados — y topada a tres meses de sueldo.

Tabla de referencia

Utilidad fiscal de la empresaTu PTUMitad por días trabajadosMitad por salarios devengados
100.000MX$600,00 — por debajo del topeMX$300,00 — 300 días de la mitad repartibleMX$300,00 — MX$180.000,00 de la mitad repartible
200.000MX$1.200,00 — por debajo del topeMX$600,00 — 300 días de la mitad repartibleMX$600,00 — MX$180.000,00 de la mitad repartible
250.000MX$1.500,00 — por debajo del topeMX$750,00 — 300 días de la mitad repartibleMX$750,00 — MX$180.000,00 de la mitad repartible
500.000MX$3.000,00 — por debajo del topeMX$1.500,00 — 300 días de la mitad repartibleMX$1.500,00 — MX$180.000,00 de la mitad repartible
750.000MX$4.500,00 — por debajo del topeMX$2.250,00 — 300 días de la mitad repartibleMX$2.250,00 — MX$180.000,00 de la mitad repartible
1.000.000MX$6.000,00 — por debajo del topeMX$3.000,00 — 300 días de la mitad repartibleMX$3.000,00 — MX$180.000,00 de la mitad repartible
1.250.000MX$7.500,00 — por debajo del topeMX$3.750,00 — 300 días de la mitad repartibleMX$3.750,00 — MX$180.000,00 de la mitad repartible
1.500.000MX$9.000,00 — por debajo del topeMX$4.500,00 — 300 días de la mitad repartibleMX$4.500,00 — MX$180.000,00 de la mitad repartible
2.000.000MX$12.000,00 — por debajo del topeMX$6.000,00 — 300 días de la mitad repartibleMX$6.000,00 — MX$180.000,00 de la mitad repartible
2.500.000MX$15.000,00 — por debajo del topeMX$7.500,00 — 300 días de la mitad repartibleMX$7.500,00 — MX$180.000,00 de la mitad repartible
3.000.000MX$18.000,00 — por debajo del topeMX$9.000,00 — 300 días de la mitad repartibleMX$9.000,00 — MX$180.000,00 de la mitad repartible
4.000.000MX$24.000,00 — por debajo del topeMX$12.000,00 — 300 días de la mitad repartibleMX$12.000,00 — MX$180.000,00 de la mitad repartible
5.000.000MX$30.000,00 — por debajo del topeMX$15.000,00 — 300 días de la mitad repartibleMX$15.000,00 — MX$180.000,00 de la mitad repartible
7.500.000MX$45.000,00 — por debajo del topeMX$22.500,00 — 300 días de la mitad repartibleMX$22.500,00 — MX$180.000,00 de la mitad repartible
10.000.000MX$45.000,00 — topado a tres meses de salarioMX$30.000,00 — 300 días de la mitad repartibleMX$30.000,00 — MX$180.000,00 de la mitad repartible

📅 Las reglas y las fechas

  • Parte de la utilidad10% de la renta gravable
  • Cómo se parte50% por días, 50% por salarios
  • Tope individual3 meses de salario
  • Las empresas pagan hasta30 de mayo
  • Las personas físicas hasta29 de junio
  • Exención de ISR15 UMA

Lo que casi ninguna calculadora hace

  • El 10% no se divide en partes iguales entre la plantilla. Se parte en dos mitades: una se reparte por días trabajados y la otra por salarios devengados.
  • Desde la reforma de 2021 tu PTU está topada a lo que sea mayor: tres meses de tu salario, o el promedio de tu PTU de los últimos tres años.
  • Los días trabajados incluyen festivos, vacaciones, incapacidad y maternidad. Son días de relación laboral, no días sentado en el escritorio.
  • Solo 15 UMA de la PTU están exentas de ISR. El resto tributa, y por eso el pago llega más chico que el cálculo.

Diez por ciento, partido en dos

El reparto de utilidades en México es un derecho constitucional, no una prestación de la empresa: el Artículo 123 de la Constitución y el 117 de la Ley Federal del Trabajo obligan a todo patrón con utilidades a repartir el 10% de su renta gravable entre sus trabajadores. Lo que casi nadie explica es cómo se reparte de verdad ese 10%. Se divide en dos mitades iguales. La primera se distribuye en proporción a los días que cada quien trabajó en el año, sin importar cuánto ganó. La segunda se distribuye en proporción a los salarios que cada quien devengó, sin importar cuántos días estuvo. Por eso alguien que trabajó todo el año con un sueldo modesto puede recibir más de la primera mitad que un compañero mucho mejor pagado que entró en septiembre, y menos de la segunda.

El tope que lo cambió todo

Antes de 2021 la PTU no tenía tope, y en un año muy bueno podía alcanzar cantidades extraordinarias. La reforma que prohibió casi todo el outsourcing metió también un límite en el Artículo 127, fracción VIII: la PTU de cada trabajador no puede pasar de lo que sea mayor entre tres meses de su salario y el promedio de la PTU que recibió en los tres años anteriores. La comparación se hace por trabajador y se aplica la más favorable de las dos, cosa que importa a quien le bajó el sueldo hace poco o acaba de pasar a medio tiempo. Lo que el tope recorta no se pierde: vuelve a la bolsa y se reparte entre los trabajadores que no llegaron a su propio tope.

Quién participa y quién no

  • Todo trabajador que haya laborado al menos sesenta días en el año, siga o no en la empresa en mayo.
  • Los extrabajadores, por los días que trabajaron. La empresa debe mantener el dinero a su disposición durante un año.
  • No los directores, administradores ni gerentes generales: la cúpula de la empresa queda excluida por ley.
  • Los trabajadores de confianza sí participan, pero su salario se topa al del sindicalizado mejor pagado más un 20%.
  • No los prestadores de servicios por honorarios, ni el personal doméstico.
  • No las empresas de nueva creación en su primer año, ni las de ingresos por debajo del umbral que fija la Secretaría del Trabajo.

Cómo se tuerce el cálculo

  • Dividir el 10% entre el número de empleados. Ignora por completo la estructura de dos mitades y da un número que nadie va a cobrar.
  • Contar solo los días de presencia física. Vacaciones, festivos, incapacidad y maternidad cuentan todos.
  • Meter horas extras y bonos en la mitad de salarios. La base es el salario ordinario, no la remuneración total.
  • Olvidar el tope de tres meses en un año muy bueno, lo que infla bastante los repartos individuales.
  • Dar por hecho que toda la PTU está libre de impuesto. Solo 15 UMA están exentas y el resto tributa como ingreso.
  • No redistribuir lo que el tope recorta. Ese dinero se reparte entre los trabajadores que siguen por debajo del suyo.

Ejemplos resueltos

Un reparto normal y uno que pega en el tope

$2M de utilidad, 300 días, $180,000 de salario

  1. Repartible = 2,000,000 × 10% = 200,000, en 100,000 + 100,000
  2. Por días: 100,000 × 300 ÷ 5,000 = 6,000
  3. Por salarios: 100,000 × 180,000 ÷ 3,000,000 = 6,000

$12,000 — por debajo del tope

$20M de utilidad, salario de $25,000 al mes

  1. Las dos mitades suman más de lo que permite el tope
  2. Tope = 3 × 25,000 = 75,000
  3. El excedente vuelve a la bolsa para redistribuirse

$75,000 — aquí aplica el tope

Preguntas Frecuentes

¿Cómo se calcula la PTU en México?

Toma el 10% de la renta gravable de la empresa y pártelo en dos mitades iguales. La primera se reparte en proporción a los días que trabajó cada quien y la segunda en proporción a los salarios que devengó. La PTU de un trabajador es la suma de sus dos partes.

¿Qué es el tope de tres meses?

Desde la reforma de 2021, el Artículo 127 fracción VIII limita la PTU de cada trabajador a lo que sea mayor entre tres meses de su salario y el promedio de la PTU que recibió en los tres años anteriores. Lo que el tope quita se reparte entre quienes siguen por debajo del suyo.

¿Qué días cuentan como días trabajados?

Todos los días de la relación laboral, no solo los de presencia: vacaciones, festivos, incapacidad, maternidad y permisos con goce cuentan. Los permisos sin goce y las faltas injustificadas no.

¿La PTU paga impuestos?

En parte. Quince UMA están exentas de ISR según el Artículo 93 de la Ley del ISR, y el resto tributa como ingreso ordinario. Por eso lo que llega es menos que la cifra calculada.

¿Cuándo tienen que pagar la PTU?

Las empresas dentro de los sesenta días siguientes a presentar la declaración anual, o sea hasta el 30 de mayo. Los patrones personas físicas tienen hasta el 29 de junio. Pagar tarde tiene sanción y la deuda no se borra sola.

¿Me toca PTU si ya salí de la empresa?

Sí, por los días que trabajaste ese año, siempre que hayan sido al menos sesenta. La empresa debe mantener el importe a tu disposición durante un año, y se reclama como cualquier otro salario no pagado.

Fuentes